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El Retrovisor

De las hermanas nazarenas

La inclusión de las hermanas en los cortejos procesionales de las cofradías no ha sido un tema de finales del siglo pasado sino que se remonta a muchos siglos atrás. Según González de Leónmás de setecientas personas formaban parte del cortejo de la hermandad de Jesús Nazareno a comienzos del siglo XVII. Tras la Santa Cruz en Jerusalén “seguía el cuerpo de mujeres, hermanas y devotas, con velas de media libra de cera, encendidas, cuyo número no bajaba de trescientas”. Las mujeres en el cortejo de la hermandad del Silencio fue una constante por tanto desde hace siglos, generalmente en tramos diferenciados del resto de los hermanos, como también fue una realidad la asistencia a colectivos de mujeres por parte de las hermandades. Así se refleja también en el libro de reglas de la hermandad de Vera Cruz, que dotaba a doncellas como forma de promoción social de la época, mujeres que aparecen con escapulario y velas verdes en la iluminación de su libro de reglas en el siglo XVII.

Y aunque la historia nos enseñe estos datos, lo cierto es que hasta bien entrado el siglo XX la participación de la mujer en las cofradías estaba muy limitada, por no decir prohibida en muchos aspectos, prohibición que alcanzaba a su posibilidad de participación en los cortejos procesionales.

El proceso de la incorporación progresiva de las hermanas a los cortejos comenzó en 1986, cuando cinco hermanas de la cofradía de los Javieres salían de nazarenas el Martes Santo a modo de prueba. Llegaron con los antifaces puestos a la parroquia de Omnium Sanctorum y apenas se notó su presencia, estando advertido el mismo arzobispo Amigo Vallejo. Al año siguiente saldrían ya de forma reconocida, novedad que también tendría en su cortejo la hermandad de la Vera Cruz, que oficialmente fue la primera con nazarenas en su cortejo, junto a la hermandad de la calle Feria y la hermandad de San Esteban. En el año 1988 le seguirían las de San Roque, Santa Marta, La Candelaria, Los Panaderos y La Mortaja. Se incorporaban así progresivamente mujeres a las filas de nazarenos, al principio contempladas con mirada perpleja y desconfiada, para pasar a ser una realidad natural en numerosas hermandades, salvando no pocos comentarios de oposición y más de un artículo de opinión argumentando en su contra.

Al proceso contribuirían de forma importante, las nuevas Normas Diocesanas que Amigo Vallejo dispuso a finales de 1997, aunque como casi siempre, para no cerrar el tema con una disposición suficientemente aclaratoria del problema planteado, porque estas normas dejaban en la ambigüedad la cuestión y por lo tanto sujeto a las distintas interpretaciones de las hermandades. Únicamente en sus artículos 1 y 2, las Normas Diocesanas de 1997 hacían un reconocimiento explícito a la mujer sobre su derecho a  participar en los Cabildos, con voz y voto, y en su incorporación a las juntas de gobierno, pero sin referencia alguna a su participación en los cortejos procesionales de las cofradías, lo que dejaba a la arbitrariedad de cada hermandad la posibilidad o no de su admisión. Una exhortación posterior del Cardenal Amigo fue la llave a la que se acogieron muchas hermandades para la incorporación de la mujer, aunque, como tal reflexión, no supusiera una obligatoriedad en el cumplimiento.

Normas Diocesanas para HH y CC de 1997.

En la Hermandad, existen algunos precedentes en los archivos de la secretaría sobre esta cuestión, como el reflejado en el acta del Cabildo de Oficiales celebrado el 5 de noviembre de 1926, al denegarse a una hermana que había solicitado, a través del Mayordomo, la posibilidad de vestir al año siguiente la túnica de nazareno para cumplir una promesa, haciéndosele ver que “…para cumplir una promesa puede muy bien la peticionaria, salir detrás del paso con hábito femenino, sin perjuicio de que oculte el rostro con un velo…”, no accediéndose de ningún modo a que vista el hábito de nazareno “…pues esto podría dar lugar a consecuencias e incidentes desagradables…”, lo que fue aprobado por unanimidad trasladándose el acuerdo a la peticionaria.

Acta del 5 de noviembre de 1926

Pero al margen de estos antecedentes, es en la cuaresma del año 2001 cuando se va a iniciar un proceso –abierto en casi todas las Hermandades de la ciudad–, encaminado a posibilitar la realización de la Estación de Penitencia a las hermanas, que tradicionalmente la tenían vedada.

Con fecha 29 de marzo de ese año tiene entrada carta de una hermana de la Corporación, en la que solicita se le expida “papeleta de sitio” para poder llevar a cabo dicha Estación de Penitencia. La prohibición que a tales efectos establecían las Reglas de la Hermandad hacía inviable tal pretensión por lo que así le fue comunicado por escrito del día siguiente, en el que se le hacía ver la imposibilidad de acceder a su solicitud al encontrarse en contra de lo dispuesto en las Reglas de la Corporación, aunque también se le señalaba que la Hermandad se encontraba en un proceso de renovación de tales Reglas que en su día sería sometido al Cabildo General de la Hermandad.

Escrito de la hermana en solicitud de la papeleta de sitio.
Escrito de contestación a la solicitud.

No obstante dichas explicaciones, cinco días después el Arzobispado notificó la apertura de expediente a la Hermandad, a instancias del padre de aquella y hermano igualmente de la Corporación, por lo que el asunto fue tratado ampliamente en el Cabildo de Oficiales de 10 de mayo siguiente. En el mismo, el Director Espiritual informó que la carta del Arzobispado era un escrito simplemente protocolario, creyendo que la resolución del expediente no se iba a producir de forma inmediata.

Comunicación de la apertura del expediente a la Hermandad.

En dicha reunión de la Junta de Gobierno, el Hermano Mayor trasladó al resto su opinión favorable a admitir la participación de las hermanas en la Estación de Penitencia, pero siempre como una decisión de los propios hermanos convocados a tal efecto en Cabildo General, y nunca por una imposición extraña a la Hermandad. Tras un amplio debate en el que se hicieron patentes distintas posturas de los diversos miembros de la Junta, se acordó por unanimidad facultar al Hermano Mayor a la convocatoria de Cabildo General Extraordinario, a celebrar el 12 de junio de 2001 y en el que se trataría el asunto conjuntamente con otros dos puntos del orden del día a los que ya nos hemos referido en anteriores ocasiones (véase El Manto de la Stma. Virgen). Celebrado el Cabildo General y tras exponerse en el mismo diversas posiciones por diversos hermanos y la de la propia Junta de Gobierno expresada por el Hermano Mayor, se pasó a votación la modificación de la Regla 32, apartado A), que establecía dicha limitación, arrojando un resultado favorable de 171 votos, de un total de 290 votantes, y 108 en contra a dicha modificación, 10 votos en blanco y uno nulo, no alcanzando por tanto los dos tercios de los votos necesarios para la modificación de la Regla, ya que en los propios Estatutos se establecía que para cualquier modificación de los mismos era necesario ese resultado afirmativo de los dos tercios de los votantes. Sin embargo, proclamado el resultado por el Hermano Mayor, éste comunicó a los hermanos que, aun no quedando aprobada la modificación de la Regla, la voluntad expresada se tendría en cuenta en la redacción del proyecto de nuevas Reglas que se estaba llevando a cabo.

Convocado el Hermano Mayor a una reunión por el Delegado Diocesano para Hermandades y Cofradías D. Manuel Soria en relación con el expediente abierto, en la misma se encontraba presente el hermano recurrente, defendiendo aquel la postura imparcial que había mantenido la Junta de Gobierno en todo momento con la que lo único que se había pretendido era que la incorporación de la mujer a la estación de penitencia fuera una decisión de la propia Hermandad aprobada en Cabildo General, y que la incorporación de las hermanas iba a ser la propuesta de la Junta de Gobierno recogida en las nuevas Reglas que se estaban redactando, Reglas que antes de la Semana Santa del año 2003 no estarían en vigor por la laboriosidad que ello implicaba, conformándose el recurrente con dichas explicaciones y retirando el recurso que tenía planteado.

Una vez concluso el proyecto de nuevas Reglas, en el Cabildo de Oficiales de 27 de mayo de 2003 fue sometida a la aprobación de la Junta de Gobierno, la Regla 37 apartado D), donde va a desaparecer la limitación expresada de acuerdo con aquel compromiso que el Hermano Mayor contrajo en el Cabildo General anterior y la recomendación que en ese sentido la Autoridad Eclesiástica había dado a todas las Hermandades en forma de exhortación pastoral de 12 de octubre de 2001, en las que exhortaba “…a que se reconozca la plena igualdad de derechos de los hermanos y las hermanas de nuestras Hermandades y Cofradías”. No sin manifestarse posturas contrarias, el proyecto fue aprobado definitivamente.

Sometido el proyecto de nuevas Reglas a la aprobación del Cabildo General, éste se celebró el 12 de diciembre de 2003, en el que se presentó una enmienda al proyecto de la Junta de Gobierno en relación con dicho tema que tras ser defendida, pasó a votarse siendo la misma rechazada, siendo los votos a favor del proyecto de la Junta, de 140, con 56 en contra y 4 abstenciones, por lo que aprobado definitivamente el proyecto de nuevas Reglas la prohibición existente hasta entonces a las hermanas de participar en la Estación de Penitencia desaparecería para siempre.

Noticia en prensa del Cabildo General de 2003.

Para la siguiente Semana Santa, la de 2004, al no estar aún aprobadas las nuevas Reglas por la Jerarquía eclesiástica y a fin de posibilitar la salida de las hermanas en la tarde del Martes Santo, se acordó interesar de aquella la aprobación urgente de este aspecto lo que efectivamente se produjo, siendo por tanto en el Martes Santo del año 2004 cuando las hermanas pudieron realizar por primera vez la Estación de Penitencia a la Santa Iglesia Catedral.

La noticia tuvo amplia repercusión en la prensa del momento.

Noticias en prensa del Cabildo General de 2003.

(Esta entrada de la sección de ‘El Retrovisor’ ha sido elaborada por N.H.D. Antonio Gutiérrez de la Peña)

 

 

 

 

 

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